miércoles, 23 de noviembre de 2011

LO QUE TODO TRABAJADOR DEBE DE TENER EN CUENTA ANTES DE PENSIONARSE


PROCESOS PARA ANTES DE PENSIONARSE POR CESANTIA O POR VEJEZ 
IMSS Todo trabajador que decida pensionarse deberá tomar en cuenta la siguiente información, en que se basa la resolución definitiva de su pensión.
Dos puntos muy importantes son los que determinara el IMSS para la cuantía básica de su pensión (pensión mensual) y son:
Las semanas cotizadas durante toda su vida laboral y el promedio salarial de los últimos cinco años de cotización.
Es aquí donde la mayoría de los trabajadores antes de pensionarse, deben de solicitar mediante un escrito en su subdelegación del IMSS que les corresponde, una carta donde les especifiquen cuantas semanas aparecen cotizadas en su NSS (numero de seguridad social). Esto es debido a que el IMSS se automatizo en 1984 y solo reporta vía Internet www.imss.gob.mx, de 1982 a la fecha, y para las semanas cotizadas de años anteriores se buscan y localizan en archivo. Aproximadamente el 80% de los trabajadores en tramite de pensión presentan la falta de semanas de cotización, afectando de forma directa la cuantía básica de su pensión ya que cada semana aporta un factor para dicha tabulación (menos semanas = menos pensión).
Es importante mencionar que en caso de no coincidir las semanas que reporta el IMSS, se deberá presentar de ser posible, copia fotostática de la hoja rosa o algún otro documento que demuestre que usted cotizo al Instituto en el periodo que no aparezcan esas semanas.

lunes, 21 de noviembre de 2011

PARTES EN EL JUICIO DE AMPARO

SON PARTES EN EL JUICIO DE AMPARO: Artículo 5to. de la L.A
1.- El agraviado o agraviados
2.- La autoridad o autoridades responsables
3.- El tercero o terceros perjudicados , pudiendo intervenir con ese carácter:
     a) La contraparte del agraviado cuando el acto reclamado emana de un juicio o controversia que no sea del orden penal o cualquiera de las partes en el mismo juicio cuando el amparo sea promovido por persona extraña al procedimiento.
     b) EL OFENDIDO. o las personas que conforme a la ley , tengan derecho a la reparación del daño o a exigir la responsabilidad civil proveniente de la comisión de un delito, en su caso, en los juicios de amparo promovidos contra actos judiciales del orden penal, siempre que estos afecten dicha reparación o responsabilidad.
    c) la persona o personas que hubiesen gestionado en su favor el acto contra el que se pide el amparo , cuando se trate de providencias dictadas por autoridades distintas de la judicial o del trabajo; o que sin haberlo gestionado , tengan interés directo en la subsistencia del acto reclamado. 

martes, 8 de noviembre de 2011

OMITIR DECLARACIONES MENSUALES: DEFRAUDACIÓN FISCAL

El 8 de septiembre de 2011 el Gobierno federal presentó su propuesta para su paquete económico para el 2012 , y dento de el presento algunas iniciativas que por su contenido causa estupor entre los contribuyentes , sobre todo por lo drástico de su determinación, adicionando el artículo 109 fracción V del CFF , de la siguiente manera: 
articulo 109. Será sancionado con las mismas penas del delito de defraudación fiscal , quien: 
V. sea responsable por omitir presentar , por más de doce meses , la declaración mensual o de un ejercicio fiscal que exijan las leyes fiscales , dejando de pagar la contribución correspondiente.
comentario: lo anterior significa que el fisco podrá interponer una querella en contra de todos aquellos contribuyentes morosos que hubiesen omitido presentar las declaraciones mensuales referente a los pagos provisionales  como las del ISR, IETU, IVA, resultando tal medida en grado excesivo y severo al pretender castigar con prisión ciertas inobservancias de la ley.
 

viernes, 14 de octubre de 2011

APRUEBAN EN EL SENADO LA NUEVA LEY DE AMPARO

El senado de la república ha aprobado la nueva reforma a la LEY DE AMPARO en México , la principal modalidad es que que ahora los ciudadanos no sólo podran interponer el recurso de amparo en contra de las autoridades , sino que ahora bajo el esquema de un interés legítimo puedan ampararse contra cualquier particular.
bajo esta modalidad los ciudadanos podran interponer un amparo cuando haya un agravio o se lesione sus garantías en derechos sociales , derechos ambientales ya que no sólo serán en cuestiones individuales , sino también grupales como: pueblos , comunidades y organizaciones sociales.
Dice la nueva ley de amparo , que cuando un particular ejerza actos unilaterales contenidos en una norma general y violen los derechos humanos, también los ciudadanos pueden interponer un juicio en ese sentido.
los ciudadanos pueden interponer un juicio de amparo aunque no esté directamente involucrado en un litigio , y tendrá caracter de parte agraviada , aquella persona que aduzca ser titular de un derecho o de un interés legítimo o de un interés legítimo individual o colectivo , siempre que alegue que el acto reclamado viola los derechos reconocidos por la constitución.
así los amparos podrán ser promovidos directamente por el afectado o por cualquier otra  persona cuando se encuentre imposibilitado para hacerlo.