viernes, 30 de agosto de 2013

SAT. PERSONAS MORALES: PAGOS REFERENCIADOS


Desde el 2 de julio de 2012 las personas morales deben presentar declaraciones complementarias para corregir o modificar las declaraciones que hayan presentado en el esquema anterior de pagos electrónicos. Las aplicaciones de avisos en ceros y de corrección de datos dejan de operar para evitar duplicidades.
Desde febrero 2012, todas las personas morales deben utilizar el Servicio de Pago Referenciado para presentar sus declaraciones provisionales y definitivas de impuestos federales, por lo cual el esquema anterior de pagos electrónicos dejó de funcionar en todos los Portales Bancarios el 1° de noviembre del 2012.

SAT. PAGOS REFERENCIADOS, PARA LAS PERSONAS FÍSICAS


LOS PAGOS REFERENCIADOS PARA TODOS AQUELLOS CONTRIBUYENTES CON INGRESOS SUPERIORES A $ 250,000.00
Desde noviembre de 2012, las personas físicas que en el último ejercicio fiscal declarado manifestaron ingresos totales superiores a 250,000 pesos, deben utilizar el Servicio de Declaraciones y Pagos para presentar los pagos provisionales y definitivos correspondientes a octubre de 2012 y subsecuentes.


Desde septiembre de 2012, las personas físicas que en el último ejercicio fiscal declarado hayan manifestado ingresos totales o superiores a un millón de pesos, deben utilizar el Servicio de Declaraciones y Pagos para presentar los pagos provisionales y definitivos correspondientes a agosto 2012 y subsecuentes.
Opcionalmente, todas las personas físicas que no se encuentren obligadas, pueden optar por presentar sus declaraciones con este servicio. Se entenderá que se ejerce la opción señalada a partir del primer pago que se efectúe a través del Servicio de Declaraciones y Pagos. Quienes ejerzan la opción indicada no podrán variarla durante el ejercicio fiscal.
QUE VENTAJAS TIENE: 
  • Facilita la presentación de las declaraciones al utilizarse un formato dinámico que incluye la opción de cálculo automático de los impuestos y ayudas en línea.
  • Permite la presentación anticipada de la declaración ante el SAT y posteriormente efectuar el pago de impuestos en la fecha de vencimiento.
  • Disminuye el tiempo de elaboración de las declaraciones complementarias al prellenarse con los datos manifestados en la declaración anterior.
  • Elimina la presentación de las declaraciones de Avisos en Ceros y de Corrección de Datos.
  • Simplifica el pago de impuestos federales con la utilización del servicio bancario de Depósito Referenciado, vía internet o en la red de sucursales bancarias.
  • Cuenta con opciones en línea para:
    • Consultar la declaración presentada.
    • Imprimir el Acuse de Recibo de la declaración.
    • Efectuar consultas por obligación.
    • Consultar las declaraciones pagadas en el banco autorizado, 48 horas hábiles posteriores al pago de la línea de captura.