sábado, 14 de julio de 2012

EXTIENDEN CAMBIOS A FACTURAS IMPRESAS

Las modificaciones en el esquema de facturación digital que entraron en vigor a partir del 1º de julio de 2012, también aplican para los comprobantes fiscales impresos con códigos de barras bidimensional ( CBB ) 
Aunque la mayoría de las personas se concentraron en cumplir a tiempo con los cambios en los esquemas de comprobantes fiscales Digitales (CFD ) y Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI ) También los CBB deberán cumplir con varios cambios. 
Es importante mencionar que los contribuyentes en esquemas de facturación con Código de barras Bidimencional si deben de implementar las nuevas reglas fiscales, aún cuando este esquema sea sólo de carácter de impresión y no exista un XML de por medio. 
De acuerdo con el artículo 29-B del Código Fiscal de la Federación (CFF) Los nuevos comprobantes con el dispositivo de seguridad CBB deben de cumplir con los requisitos y características del resto de las facturas digitales. 
Es necesario que los comprobantes fiscales impresos con CBB se que se emitan o reciban cuentes con los nuevos requísitos que se aplicaron a los CFD y CFDI, de lo contrario podrían ser considerados inválidos por la autoridad. 
Entre las modificaciones que también aplicaran a los comprobantes CBB, está la obligación de incluir el régimen fiscal del emisor, la unidad de medida del bien o producto adquirido el método de pago y en su caso la cuenta bancaria que se utilice para liquidar el monto de la Factura. 
En caso de que el emisor desconozca su régimen Fiscal, el método de pago   o la unidad de medida, puede llenarse el espacio correspondiente con la frase " no aplica " para que la autoridad dé por cumplida la obligación.
Muchos Contribuyentes consideran que las modificaciones son exclusivas para las facturas digitales por internet y no aplicaban a los comprobantes impresos, pero es importante que actualicen los documentos. 
Estos comprobantes son las alternativa que la autoridad fiscal puso para los contribuyentes con ingrsos menores de a los cuatro millones de pesos. 
  

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